1. Trabajadores digitales en servicios de reparto: Son personas que, mediante el uso de plataformas digitales de reparto, prestan servicios solicitados por un favorecido. Artículo 19. Experiencia laboral de personas privadas de la autodeterminación. Las actividades productivas y ocupacionales desarrolladas por la población privada de la decisión serán reconocidas como https://sistema-de-gestion-integr85051.digiblogbox.com/60838620/reforma-laboral-40-horas-fundamentos-explicación