Estos límites no se aplicarán a las corrientes de flato expresamente utilizadas para evitar el estrés en exposiciones intensas al calor, ni a las corrientes de aerofagia acondicionado, para las que el frontera será de 0,25 m/s en el caso de trabajos sedentarios y 0,35 m/s en los demás casos. https://seguridad-y-salud-en-el-t25792.blue-blogs.com/43699689/se-desconoce-detalles-sobre-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-colombia